CONDICIONES GENERALES MOBISUN

Tabla de contenidos:

Artículo 1 – Definiciones

Artículo 2 – Identidad del empresario

Artículo 3 – Aplicabilidad

Artículo 4 – La oferta

Artículo 5 – El acuerdo

Artículo 6 – Derecho de desistimiento

Artículo 7 – Obligaciones del consumidor durante el periodo de reflexión

Artículo 8 – Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y costes del mismo

Artículo 9 – Obligaciones del empresario en caso de desistimiento

Artículo 10 – Exclusión del derecho de desistimiento

Artículo 11 – El precio

Artículo 12 – Cumplimiento y garantía adicional

Artículo 13 – Entrega y ejecución

Artículo 14 – Duración de las operaciones: duración, rescisión y renovación

Artículo 15 – Pago

Artículo 16 – Procedimiento de reclamación

Artículo 17 – Litigios

Artículo 18 – Garantía del sector

Artículo 19 – Disposiciones adicionales o diferentes

Artículo 20 – Modificaciones de las Condiciones Generales de Stichting Webshop Keurmerk

Artículo 1 – Definiciones

En las presentes condiciones, se aplicarán las siguientes definiciones:

  1. Contrato accesorio: contrato en el que el consumidor adquiere productos, contenidos digitales y/o servicios relacionados con un contrato a distancia y estos artículos, contenidos digitales y/o servicios son suministrados por el comerciante o por un tercero sobre la base de un acuerdo entre dicho tercero y el comerciante;
  2. Plazo de desistimiento: plazo en el que el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento;
  3. Consumidor: la persona física que no actúa con fines relacionados con su comercio, negocio, oficio o profesión;
  4. Día: día natural;
  5. Contenidos digitales: datos producidos y entregados en formato digital;
  6. Contrato de ejecución continua: contrato para el suministro regular de bienes, servicios y/o contenidos digitales durante un periodo determinado;
  7. Soporte de datos duraderocualquier dispositivo -incluido el correo electrónico- que permita al consumidor o al comerciante almacenar información dirigida personalmente a él de forma que pueda consultarla o utilizarla en el futuro durante un periodo de tiempo adecuado a la finalidad a la que se destina la información, y que permita la reproducción sin cambios de la información almacenada;
  8. Derecho de desistimiento: posibilidad del consumidor de desistir del contrato a distancia dentro del periodo de reflexión;
  9. Empresario: la persona física o jurídica que es miembro de Stichting Webshop Keurmerk y ofrece productos, (acceso a) contenidos digitales y/o servicios a consumidores a distancia;
  10. Acuerdo a distanciacontrato celebrado entre el comerciante y el consumidor en el marco de un sistema organizado de venta a distancia de productos, contenidos digitales y/o servicios, que, hasta la celebración del contrato inclusive, hace uso exclusivo o conjunto de uno o varios medios de comunicación a distancia;
  11. Modelo de formulario de desistimiento: el modelo europeo de formulario de desistimiento que figura en el anexo I de las presentes condiciones;
  12. Tecnología para la comunicación a distancia: medios que pueden utilizarse para celebrar un acuerdo, sin que el consumidor y el empresario tengan que estar juntos en la misma sala al mismo tiempo;

Artículo 2 – Identidad del empresario
Nombre del empresario
Mobisun B.V.
Dirección de la sucursal: Markenhaven 28, 3826 AC Amersfoort
Teléfono: 085-3033500 (disponible de lunes a viernes de 8.30 a 17.00)
Correo electrónico: info[at]mobisun[dot]com
Número de la Cámara de Comercio: 68972849
Número de identificación a efectos del IVA: NL857669990B01

Artículo 3 – Aplicabilidad

  1. Estas condiciones generales se aplican a todas las ofertas realizadas por el empresario y a todos los contratos a distancia celebrados entre el empresario y los consumidores.
  2. Antes de la celebración del contrato a distancia, se pondrá a disposición del consumidor el texto de las presentes condiciones generales. Si ello no es razonablemente posible, el comerciante indicará, antes de la celebración del contrato a distancia, cómo pueden consultarse las condiciones generales en los locales del comerciante y que, a petición del consumidor, se le enviarán gratuitamente lo antes posible.
  3. Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, no obstante lo dispuesto en el párrafo anterior y antes de que se celebre el contrato a distancia, el texto de las presentes condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica de forma que éste pueda almacenarlo fácilmente en un soporte de datos duradero. Si ello no fuera razonablemente posible, antes de la celebración del contrato a distancia se indicará dónde pueden consultarse electrónicamente las condiciones generales y que, a petición del consumidor, se le enviarán por vía electrónica o de otra forma gratuita.
  4. En caso de que, además de las presentes condiciones generales, se apliquen condiciones específicas del producto o servicio, se aplicarán mutatis mutandis los párrafos segundo y tercero y, en caso de condiciones contradictorias, el consumidor podrá acogerse siempre a la disposición aplicable que le resulte más favorable.

Artículo 4 – La oferta

  1. Si una oferta tiene un periodo de validez limitado o está sujeta a condiciones, se indicará expresamente en la oferta.
  2. La oferta contiene una descripción completa y exacta de los productos, contenidos digitales y/o servicios ofrecidos. La descripción es suficientemente detallada para que el consumidor pueda evaluar correctamente la oferta. Si el empresario utiliza imágenes, éstas deben ser una representación fiel de los productos, servicios y/o contenidos digitales ofrecidos. Los errores manifiestos o evidentes en la oferta no vinculan al empresario.
  3. Cada oferta contiene información que deja claro al consumidor qué derechos y obligaciones conlleva la aceptación de la oferta.

Artículo 5 – El acuerdo

  1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, el contrato se celebra en el momento en que el consumidor acepta la oferta y cumple las condiciones establecidas en la misma.
  2. Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el comerciante confirmará sin demora la recepción de la aceptación de la oferta por vía electrónica. Mientras el empresario no confirme la recepción de esta aceptación, el consumidor puede rescindir el contrato.
  3. Si el acuerdo se celebra por vía electrónica, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transferencia electrónica de datos y garantizará un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario observará las medidas de seguridad adecuadas a tal fin.
  4. El empresario puede -dentro del marco legal- informarse de si el consumidor puede hacer frente a sus obligaciones de pago, así como de todos aquellos hechos y factores que sean importantes para una conclusión responsable del contrato a distancia. Si, basándose en esta investigación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el acuerdo, tiene derecho a rechazar una orden o solicitud o a imponer condiciones especiales a la ejecución, indicando los motivos.
  5. El comerciante enviará al consumidor la siguiente información, por escrito o de forma que pueda ser almacenada por el consumidor de forma accesible en un soporte de datos duradero, a más tardar en el momento de la entrega del producto, servicio o contenido digital:

a. la dirección del establecimiento del comerciante al que el consumidor puede dirigir sus reclamaciones;

b. las condiciones y el modo en que el consumidor puede hacer uso del derecho de desistimiento, o una declaración clara sobre la exclusión del derecho de desistimiento;

c. la información sobre las garantías y los servicios posventa existentes;

d. el precio, incluidos todos los impuestos, del producto, servicio o contenido digital; en su caso, los gastos de entrega; y la forma de pago, entrega o ejecución del contrato a distancia;

e. los requisitos para rescindir el acuerdo si éste tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida;

f. si el consumidor tiene derecho de desistimiento, el modelo de formulario de desistimiento.

  1. En el caso de una operación de duración, la disposición del párrafo anterior sólo se aplica a la primera entrega.

Artículo 6 – Derecho de desistimiento

Por productos:

  1. Los consumidores pueden disolver un acuerdo relativo a la compra de un producto durante un periodo de reflexión de al menos 14 días sin dar razones. El comerciante puede preguntar al consumidor el motivo del desistimiento, pero no puede obligarle a dar su(s) motivo(s).
  2. El periodo de reflexión a que se refiere el apartado 1 comienza el día siguiente a aquel en que el consumidor, o un tercero designado previamente por el consumidor que no sea el transportista, haya recibido el producto, o:
  3. si el consumidor encargó varios productos en el mismo pedido: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, recibió el último producto. El comerciante puede, siempre que haya informado claramente de ello al consumidor antes del proceso de pedido, rechazar un pedido de varios productos con plazos de entrega diferentes.
  4. si la entrega de un producto consta de varios envíos o partes: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, recibió el último envío o parte;
  1. para los contratos de entrega regular de productos durante un periodo determinado: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, recibió el primer producto.

En el caso de servicios y contenidos digitales no prestados en un soporte tangible:

  1. Un consumidor puede rescindir un contrato de servicios y un contrato de suministro de contenidos digitales no suministrados en un soporte material durante al menos 14 días sin indicar los motivos. El comerciante puede preguntar al consumidor el motivo del desistimiento, pero no puede obligarle a dar su(s) motivo(s).
  2. El periodo de reflexión mencionado en el apartado 3 comienza el día siguiente a la celebración del acuerdo.

Ampliación del periodo de reflexión para productos, servicios y contenidos digitales no suministrados en un soporte material en caso de que no se informe sobre el derecho de desistimiento:

  1. Si el comerciante no ha facilitado al consumidor la información legalmente exigida sobre el derecho de desistimiento o el modelo de formulario de desistimiento, el periodo de reflexión expirará 12 meses después de que finalice el periodo de reflexión original determinado con arreglo a los apartados anteriores de este artículo.
  2. Si el comerciante ha facilitado al consumidor la información mencionada en el párrafo anterior en un plazo de 12 meses a partir de la fecha de inicio del periodo de reflexión inicial, el periodo de reflexión expirará 14 días después del día en que el consumidor haya recibido dicha información.

Artículo 7 – Obligaciones del consumidor durante el periodo de reflexión

  1. Durante el periodo de reflexión, el consumidor manipulará el producto y su envase con cuidado. Sólo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para establecer su naturaleza, características y funcionamiento. La premisa aquí es que el consumidor sólo puede manipular e inspeccionar el producto como se le permitiría hacer en una tienda.
  2. El consumidor sólo es responsable de la depreciación del producto resultante de una forma de manipularlo que vaya más allá de lo permitido en el apartado 1.
  3. El consumidor no es responsable de la depreciación del producto si el comerciante no le facilitó toda la información legalmente exigida sobre el derecho de desistimiento antes o en el momento de la celebración del contrato.

Artículo 8 – Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y costes del mismo

  1. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, deberá notificarlo al comerciante dentro del plazo de desistimiento utilizando el modelo de formulario de desistimiento o de otra forma inequívoca.
  2. Tan pronto como sea posible, pero en un plazo de 14 días a partir del día siguiente a la notificación mencionada en el apartado 1, el consumidor deberá devolver el producto o entregarlo a (un representante autorizado de) el empresario. Esto no es necesario si el empresario se ha ofrecido a recoger él mismo el producto. El consumidor ha cumplido el plazo de devolución en cualquier caso si devuelve el producto antes de que haya expirado el periodo de reflexión.
  3. El consumidor devolverá el producto con todos los accesorios entregados, si es razonablemente posible en su estado y embalaje original, y de acuerdo con las instrucciones razonables y claras proporcionadas por el operador.
  4. El riesgo y la carga de la prueba del ejercicio correcto y oportuno del derecho de desistimiento recaen en el consumidor.
  5. El consumidor corre con los gastos directos de devolución del producto. Si el comerciante no ha notificado que el consumidor tiene que correr con estos gastos o si el comerciante indica que el consumidor tiene que correr con los gastos él mismo, el consumidor no tiene que correr con los gastos de devolución.
  6. Si el consumidor desiste después de haber solicitado expresamente que la prestación del servicio o el suministro de gas, agua o electricidad no preparado para la venta en un volumen limitado o en una cantidad determinada comience durante el periodo de desistimiento, el consumidor deberá al comerciante un importe proporcional a la parte del compromiso cumplido por el comerciante en el momento del desistimiento, en comparación con el cumplimiento íntegro del compromiso.
  7. El consumidor no soporta ningún coste por la prestación de servicios o el suministro de agua, gas o electricidad, que no se preparan para la venta en un volumen o cantidad limitados, o para suministrar calefacción urbana, si:
  8. el comerciante no ha facilitado al consumidor la información legalmente exigida sobre el derecho de desistimiento, el reembolso de los gastos en caso de desistimiento o el modelo de formulario de desistimiento, o;
  9. el consumidor no haya solicitado expresamente el inicio de la prestación del servicio o suministro de gas, agua, electricidad o calefacción urbana durante el periodo de reflexión.
    1. El consumidor no soporta ningún coste por la entrega total o parcial de contenidos digitales no entregados en un soporte tangible si:
    2. no ha acordado expresamente, antes de su entrega, iniciar la ejecución del contrato antes de que finalice el período de reflexión;
    3. no ha reconocido haber perdido su derecho de retractación al dar su consentimiento; o
    4. el empresario no ha confirmado esta declaración del consumidor.
      1. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, todos los contratos adicionales quedarán resueltos de pleno derecho.

Artículo 9 – Obligaciones del empresario en caso de desistimiento

  1. Si el comerciante permite la notificación de desistimiento del consumidor por medios electrónicos, enviará un acuse de recibo sin demora tras recibir dicha notificación.
  2. El empresario reembolsará todos los pagos efectuados por el consumidor, incluidos los gastos de envío cobrados por el empresario por el producto devuelto, sin demora pero en un plazo de 14 días a partir del día en que el consumidor le notifique el desistimiento. A menos que el empresario se ofrezca a recoger él mismo el producto, puede esperar para reembolsar hasta haber recibido el producto o hasta que el consumidor demuestre que ha devuelto el producto, según qué condición se cumpla primero.
  3. El operador utilizará el mismo medio de pago utilizado por el consumidor para el reembolso, a menos que éste acepte otro método. La devolución es gratuita para el consumidor.
  4. Si el consumidor ha elegido un método de entrega más caro que la entrega estándar más barata, el comerciante no tiene que reembolsar los costes adicionales del método más caro.

Artículo 10 – Exclusión del derecho de desistimiento

El comerciante puede excluir del derecho de desistimiento los siguientes productos y servicios, pero sólo si lo ha indicado claramente al hacer la oferta o, al menos, con tiempo suficiente antes de celebrar el contrato:

  1. Productos o servicios cuyo precio está sujeto a fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tiene influencia y que pueden producirse dentro del plazo de desistimiento.
  2. Contratos celebrados en subasta pública. Por subasta pública se entiende un método de venta en el que los productos, contenidos digitales y/o servicios son ofrecidos por el operador a los consumidores que asisten o tienen la oportunidad de asistir a la subasta en persona, bajo la dirección de un subastador, y en el que el adjudicatario está obligado a comprar los productos, contenidos digitales y/o servicios;
  3. Acuerdos de servicio, tras la plena ejecución del servicio, pero sólo si:
  4. la prestación ha comenzado con el consentimiento previo y expreso del consumidor; y
  5. el consumidor ha declarado que pierde su derecho de desistimiento una vez que el comerciante haya ejecutado íntegramente el contrato;
    1. Contratos de servicios para el suministro de alojamiento, si el contrato prevé una fecha o un periodo de ejecución específicos y que no tengan fines residenciales, transporte de mercancías, servicios de alquiler de vehículos y restauración;
    2. Contratos relativos a actividades de ocio, si el contrato prevé una fecha o un periodo de ejecución específicos;
    3. Productos fabricados según las especificaciones del consumidor, que no son prefabricados y se fabrican a partir de una elección o decisión individual del consumidor, o están claramente destinados a una persona concreta;
    4. Productos que se estropean rápidamente o tienen una vida útil limitada;
    5. Productos precintados que no son aptos para su devolución por razones de protección de la salud o de higiene y cuyo precinto se ha roto después de la entrega;
    6. Productos que, tras su entrega, se mezclan irrevocablemente con otros productos por su propia naturaleza;
    7. Bebidas alcohólicas cuyo precio se acordó en el momento de celebrar el contrato, pero cuya entrega sólo puede tener lugar transcurridos 30 días, y cuyo valor real depende de las fluctuaciones del mercado sobre las que el empresario no tiene ninguna influencia;
    8. Grabaciones de audio y vídeo y programas informáticos precintados cuyo precinto se haya roto después de la entrega;
    9. Periódicos, revistas o publicaciones periódicas, excluidas las suscripciones a los mismos;
    10. El suministro de contenidos digitales que no estén en un soporte material, pero sólo si:
    11. la prestación ha comenzado con el consentimiento previo y expreso del consumidor; y
    12. el consumidor ha declarado que pierde así su derecho de desistimiento.

Artículo 11 – El precio

  1. Durante el periodo de validez mencionado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, excepto en el caso de modificaciones de precios debidas a cambios en los tipos del IVA.
  2. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, el empresario podrá ofrecer productos o servicios cuyos precios estén sujetos a las fluctuaciones del mercado financiero y sobre los que el empresario no tenga influencia, con precios variables. Esto está sujeto a las fluctuaciones y el hecho de que los precios indicados son precios objetivo se indican con la oferta.
  3. Los aumentos de precio en los 3 meses siguientes a la celebración del contrato sólo están permitidos si se derivan de normativas o disposiciones legales.
  4. Los aumentos de precio a partir de 3 meses después de la celebración del contrato sólo se permiten si el empresario lo ha estipulado y:

a. se derivan de normas o disposiciones legales; o

b. el consumidor está autorizado a rescindir el contrato a partir del día en que surta efecto el aumento de precio.

  1. Los precios mencionados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.

Artículo 12 – Cumplimiento del acuerdo y garantía adicional

  1. El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen con el acuerdo, las especificaciones mencionadas en la oferta, los requisitos razonables de solidez y/o usabilidad y las disposiciones legales y/o normativas gubernamentales existentes en la fecha de celebración del acuerdo. Si así se acuerda, el empresario también garantiza que el producto es apto para un uso distinto del normal.
  2. Una garantía adicional proporcionada por el empresario, su proveedor, fabricante o importador nunca limita los derechos y reclamaciones legales que el consumidor puede hacer valer contra el empresario sobre la base del acuerdo si el empresario ha incumplido su parte del acuerdo.
  3. Garantía adicional: todo compromiso del comerciante, su proveedor, importador o productor por el que concede al consumidor determinados derechos o reclamaciones que van más allá de lo que el consumidor está legalmente obligado a hacer en caso de que haya incumplido su parte del acuerdo.

Artículo 13 – Entrega y ejecución

  1. El empresario pondrá el mayor cuidado posible al recibir y ejecutar pedidos de productos y al evaluar solicitudes de prestación de servicios.
  2. El lugar de entrega es la dirección que el consumidor ha comunicado al empresario.
  3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4 de estas condiciones generales, el empresario ejecutará los pedidos aceptados con la rapidez conveniente, pero a más tardar en un plazo de 30 días, a menos que se haya acordado otro plazo de entrega. Si la entrega se retrasa, o si un pedido no puede realizarse o sólo puede realizarse parcialmente, se notificará al consumidor a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido. En este caso, el consumidor tiene derecho a disolver el contrato sin gastos y derecho a posibles daños y perjuicios.
  4. Tras la disolución conforme al párrafo anterior, el operador reembolsará sin demora el importe abonado por el consumidor.
  5. El riesgo de daño y/o pérdida de los productos recae en el empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante previamente designado y puesto en conocimiento del empresario, salvo pacto expreso en contrario.

Artículo 14 – Duración de las operaciones: duración, rescisión y renovación

Terminación:

  1. El consumidor puede rescindir un contrato indefinido celebrado para el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o servicios en cualquier momento, con sujeción a las normas de rescisión acordadas y a un plazo de preaviso no superior a un mes.
  2. El consumidor puede rescindir un contrato de duración determinada celebrado para el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o servicios en cualquier momento hacia el final de la duración determinada, con sujeción a las normas de rescisión acordadas y a un plazo de preaviso no superior a un mes.
  3. El consumidor puede modificar los acuerdos mencionados en los apartados anteriores:

– terminar en cualquier momento y no limitarse a la terminación en un momento o periodo determinado;

– al menos ponerles fin de la misma forma en que fueron suscritos por él;

– cancelar siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario haya estipulado para sí mismo.

Ampliación:

  1. Un acuerdo celebrado por un periodo de tiempo definido y que se extiende al suministro regular de productos (incluida la electricidad) o servicios no puede prorrogarse o renovarse tácitamente por un periodo de tiempo definido.
  2. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, un contrato de duración determinada celebrado para la entrega periódica de periódicos y revistas diarios o semanales podrá renovarse tácitamente por una duración determinada no superior a tres meses, si el consumidor puede rescindir este contrato renovado hacia el final de la renovación con un preaviso no superior a un mes.
  3. Un contrato de duración determinada celebrado para el suministro regular de productos o servicios sólo puede renovarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede rescindirlo en cualquier momento con un preaviso no superior a un mes. El plazo de preaviso es de tres meses como máximo en caso de que el contrato se extienda a la entrega de periódicos y revistas diarios, informativos y semanales con regularidad, pero menos de una vez al mes.
  4. Un contrato de duración determinada para el suministro regular de periódicos y revistas diarios o semanales a modo de introducción (suscripción de prueba o introductoria) no se continúa tácitamente y finaliza automáticamente al término del periodo de prueba o introductorio.

Duración:

  1. Si un contrato tiene una duración superior a un año, al cabo de un año el consumidor puede rescindir el contrato en cualquier momento con un preaviso no superior a un mes, salvo que la razonabilidad y la equidad se opongan a la rescisión antes del final de la duración acordada.

Artículo 15 – Pago

  1. Salvo que se disponga lo contrario en el contrato o en las condiciones adicionales, los importes adeudados por el consumidor deberán abonarse en un plazo de 14 días a partir del inicio del periodo de reflexión o, a falta de éste, en un plazo de 14 días a partir de la celebración del contrato. En el caso de un contrato de prestación de servicios, este plazo empieza a contar a partir del día siguiente a la recepción por el consumidor de la confirmación del contrato.
  2. Cuando se venden productos a consumidores, las condiciones generales nunca pueden exigir que los consumidores paguen más del 50% por adelantado. Cuando se estipule el pago por adelantado, el consumidor no podrá hacer valer ningún derecho relativo a la ejecución del pedido o servicio(s) respectivo(s) antes de que se haya efectuado el pago por adelantado estipulado.
  3. El consumidor tiene la obligación de comunicar inmediatamente al empresario las inexactitudes en los datos de pago facilitados o mencionados.
  4. Si el consumidor no cumple a tiempo con su(s) obligación(es) de pago, tras haber sido informado por el empresario del retraso en el pago y éste haber concedido al consumidor un plazo de 14 días para seguir cumpliendo con sus obligaciones de pago, tras el impago en este plazo de 14 días, estará obligado a pagar los intereses legales sobre la cantidad aún adeudada y el empresario tendrá derecho a cobrar los gastos de cobro extrajudicial en los que haya incurrido. Estos gastos de cobro ascienden a un máximo de: 15% sobre los importes pendientes hasta 2.500 euros; 10% sobre los siguientes 2.500 euros y 5% sobre los siguientes 5.000 euros, con un mínimo de 40 euros. El empresario puede desviarse de los importes y porcentajes mencionados en beneficio del consumidor.

Artículo 16 – Procedimiento de reclamación

  1. El empresario dispone de un procedimiento de reclamación suficientemente publicitado y tramita la reclamación conforme a dicho procedimiento.
  2. Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deben presentarse al operador de forma completa y claramente descrita en un plazo razonable después de que el consumidor haya detectado los defectos.
  3. Las reclamaciones presentadas al empresario recibirán respuesta en un plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción. Si una reclamación requiere previsiblemente más tiempo de tramitación, el operador responderá dentro del plazo de 14 días con un acuse de recibo y una indicación de cuándo puede esperar el consumidor una respuesta más detallada.
  4. También se puede presentar una reclamación sobre un producto, un servicio o el servicio del empresario a través de un formulario de reclamación en la página del consumidor del sitio web de Stichting Webshop Keurmerk(http://keurmerk.info/Home/MisbruikOfKlacht). La reclamación se envía entonces tanto al empresario en cuestión como a Stichting Webshop Keurmerk. También es posible presentar denuncias a través de la plataforma europea ODR(http://ec.europa.eu/odr).
  5. Si la denuncia no puede resolverse de mutuo acuerdo en un plazo razonable o en los 3 meses siguientes a la presentación de la denuncia, se plantea un litigio susceptible de resolución.

Artículo 17 – Litigios

  1. Los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se refieren estas condiciones generales se rigen exclusivamente por la legislación neerlandesa.
  2. Las disputas entre el Consumidor y el Empresario sobre la formación o el cumplimiento de los contratos relacionados con los productos y servicios a ser entregados o que han sido entregados por este Empresario pueden ser presentadas con la Geschillencommissie Webshop, Postbus 90600, 2509 LP en La Haya (www.sgc.nl).
  3. La Comisión de Litigios sólo examinará un litigio si el consumidor ha presentado primero su reclamación al empresario en un plazo razonable.
  4. A más tardar 12 meses después de que haya surgido la disputa, ésta debe presentarse por escrito a la Comisión de Disputas.
  5. Si el consumidor desea someter un litigio a la Comisión de Litigios, el empresario queda vinculado por esta elección. Si así lo desea el empresario, el consumidor deberá manifestar por escrito, en el plazo de cinco semanas a partir del requerimiento escrito formulado por el empresario a tal efecto, si también desea hacerlo o someter el litigio a la jurisdicción competente. Si el empresario no escucha la opción del consumidor en el plazo de cinco semanas, tiene derecho a someter el litigio al tribunal competente.
  6. La Comisión de Disputas se pronunciará en las condiciones establecidas en el reglamento de la Comisión de Disputas(http://www.degeschillencommissie.nl/over-ons/de-commissies/2701/webshop). Las decisiones de la Comisión de Litigios se adoptan mediante dictamen vinculante.
  7. La Comisión de Litigios no tramitará un litigio o interrumpirá su procedimiento si al empresario se le ha concedido una suspensión de pagos, se ha declarado en quiebra o ha puesto fin de forma efectiva a sus actividades empresariales, antes de que el litigio haya sido tratado por la comisión en la sesión y se haya emitido una resolución definitiva.
  8. Si, además de la Geschillencommissie Webshop, es competente otra comisión de litigios reconocida o afiliada a la Stichting Geschillencommissies voor Consumentenzaken (SGC) o al Klachteninstituut Financiële Dienstverlening (Kifid), la Geschillencommissie Stichting Webshop Keurmerk tendrá preferencia sobre la Geschillencommissie Webshop Keurmerk para los litigios relacionados principalmente con el método de venta a distancia o la prestación de servicios. Para todos los demás litigios, el otro comité de litigios reconocido afiliado a SGC o Kifid.

Artículo 18 – Garantía del sector

  1. La Stichting Webshop Keurmerk garantiza el cumplimiento del dictamen vinculante de la Comisión de litigios Stichting Webshop Keurmerk por parte de sus miembros, a menos que el miembro decida someter el dictamen vinculante a revisión judicial en el plazo de dos meses tras su envío. Esta garantía se reaviva si el dictamen vinculante ha sido confirmado tras su revisión por el tribunal y la sentencia que lo acredita ha adquirido firmeza. Hasta un importe máximo de 10.000 euros por dictamen vinculante, esta cantidad será abonada al consumidor por Stichting Webshop Keurmerk. Para importes superiores a 10.000 euros por dictamen vinculante, se abonarán 10.000 euros. Por lo que respecta al exceso, Stichting Webshop Keurmerk tiene la obligación de hacer todo lo posible para garantizar que el miembro cumpla el dictamen vinculante.
  2. La aplicación de esta garantía requiere que el Consumidor haga un llamamiento por escrito a Stichting Webshop Keurmerk y transfiera su reclamación sobre el Empresario a Stichting Webshop Keurmerk. Si la reclamación contra el Empresario excede de 10.000 euros, se ofrecerá al Consumidor transferir su reclamación en la medida en que exceda de la cantidad de 10.000 euros a Stichting Webshop Keurmerk, tras lo cual esta organización, en su propio nombre y costas, reclamará el pago de la misma ante los tribunales para satisfacción del Consumidor.

Artículo 19 – Disposiciones adicionales o diferentes

Las disposiciones adicionales o que se aparten de las presentes condiciones generales no podrán ir en detrimento del consumidor y deberán constar por escrito o de forma que el consumidor pueda conservarlas de forma accesible en un soporte de datos duradero.

Artículo 20 – Modificaciones de las Condiciones Generales de Stichting Webshop Keurmerk

  1. Stichting Webshop Keurmerk no modificará las presentes Condiciones Generales si no es en consulta con la Asociación de Consumidores.
  2. Las modificaciones de las presentes condiciones sólo surtirán efecto después de haber sido publicadas de forma adecuada, entendiéndose que, en caso de modificaciones aplicables durante la vigencia de una oferta, prevalecerá la disposición más favorable para el consumidor.